REQUISITOS PARA CARNÉ DE MINORIDAD
PARA LA EMISIÓN DEL CARNÉ DE IDENTIFICACIÓN PARA PERSONAS MENORES DE 18 AÑOS LOS REQUISITOS SON:
- Que el niñ@, niña o adolescentes tenga 10 a 17 años - Que el niñ@ o adolescente resida en este municipio (Santa Tecla). - Certificación y copia de partida de nacimiento reciente (3 meses) . - El valor del carné es de $ 3.00 - Si es reposición y no habrá cambio en algún dato, no es necesario presentar partida (un año como mínimo de haberse expedido el carné anterior)
- Que el niñ@, niña o adolescentes tenga 10 a 17 años - Que el niñ@ o adolescente resida en este municipio (Santa Tecla). - Certificación y copia de partida de nacimiento reciente (3 meses) . - El valor del carné es de $ 3.00 - Si es reposición y no habrá cambio en algún dato, no es necesario presentar partida (un año como mínimo de haberse expedido el carné anterior)
REQUISITOS PARA ASENTAR A RECIÉN NACIDOS
REQUISITOS PARA ASENTAR A RECIÉN NACIDOS
Solo se asientan en este Registro a los que nacieron en este municipio o que el domicilio de la madre o padre según DUI sea Santa Tecla.
Tienen 90 días hábiles para asentar el nacimiento.
DEBERA PRESENTARSE AL ASENTAMIENTO:
- El padre cuando no están casados para el reconocimiento. - Si están casados podrá venir el padre o madre debe constar el estado familiar de casados en DUI. - Si únicamente se asentara con filiación materna debe presentarse la madre.
DOCUMENTOS A PRESENTAR:
Cuando el nacimiento fue en hospital, clínica o centro de salud
- DUI de los padres en original y copia ampliada a 150% (legible y vigente). - Original y copia de los plantares (estos tienen que estar firmado y sellado por funcionario del hospital y llevar sello del hospital)(si es del hospital San Rafael presentar las 2 hojas de plantares que les entregan). Cuando el nacimiento es en casa:
- DUI de los padres en original y copia ampliada a 150% (legible y vigente). - DUI de dos testigos en original y copia ampliada a 150% (no parientes, sepan leer, escribir y firmar). - Al momento de la inscripción el padre o madre tiene que traer al recién nacido y estar presente los dos testigos.
- Pedir solicitud en el registro para llenado.
Si uno de los padres es EXTRANJERO el documento de identificación a presentar únicamente es EL PASAPORTE.
Solo se asientan en este Registro a los que nacieron en este municipio o que el domicilio de la madre o padre según DUI sea Santa Tecla.
Tienen 90 días hábiles para asentar el nacimiento.
DEBERA PRESENTARSE AL ASENTAMIENTO:
- El padre cuando no están casados para el reconocimiento. - Si están casados podrá venir el padre o madre debe constar el estado familiar de casados en DUI. - Si únicamente se asentara con filiación materna debe presentarse la madre.
DOCUMENTOS A PRESENTAR:
Cuando el nacimiento fue en hospital, clínica o centro de salud
- DUI de los padres en original y copia ampliada a 150% (legible y vigente). - Original y copia de los plantares (estos tienen que estar firmado y sellado por funcionario del hospital y llevar sello del hospital)(si es del hospital San Rafael presentar las 2 hojas de plantares que les entregan). Cuando el nacimiento es en casa:
- DUI de los padres en original y copia ampliada a 150% (legible y vigente). - DUI de dos testigos en original y copia ampliada a 150% (no parientes, sepan leer, escribir y firmar). - Al momento de la inscripción el padre o madre tiene que traer al recién nacido y estar presente los dos testigos.
- Pedir solicitud en el registro para llenado.
Si uno de los padres es EXTRANJERO el documento de identificación a presentar únicamente es EL PASAPORTE.
REQUISITOS PARA ASENTAR DEFUNCIÓN
Solo se asientan en este Registro a las personas que fallecieron o residían en este Municipio (Santa Tecla).
El plazo para realizar el trámite del asentamiento es dentro de los 15 días hábiles después del fallecimiento.
1- Constancia médica del fallecido o esquela de reconocimiento. Si no posee las anteriores, presentar dos testigos (que tuvieron conocimiento de donde, cuando y hora del fallecimiento). 2- DUI del fallecido, si no posee presentar constancia del RNPN y dos testigos. 3- Si el fallecido es menor de edad entre las edades de 10 a 17 años, presentar CARNÉ DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL, si no posee presentar dos testigos. 4- DUI del informante. 5- Si el fallecido es extranjero tienen que presentar pasaporte vigente. 6- LOS TESTIGOS tienen que ser mayores de 18 años, que no sean parientes del fallecido, con DUI vigente, que sepan leer y firmar. 7- Todos los documentos en original y copia a tamaño carta por separado. Las partidas se entregan 3 días hábiles después de ser asentados
NOTA: Si enterraran en este municipio (cementerio general o en algún cantón) el pago del permiso se tendrá que hacer en las oficinas del cementerio general de Santa Tecla; así como también el pago del Traslado de Cadáver (falleció en este municipio y lo enterraran en otro) se hará únicamente en las oficinas del cementerio general.
El plazo para realizar el trámite del asentamiento es dentro de los 15 días hábiles después del fallecimiento.
1- Constancia médica del fallecido o esquela de reconocimiento. Si no posee las anteriores, presentar dos testigos (que tuvieron conocimiento de donde, cuando y hora del fallecimiento). 2- DUI del fallecido, si no posee presentar constancia del RNPN y dos testigos. 3- Si el fallecido es menor de edad entre las edades de 10 a 17 años, presentar CARNÉ DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL, si no posee presentar dos testigos. 4- DUI del informante. 5- Si el fallecido es extranjero tienen que presentar pasaporte vigente. 6- LOS TESTIGOS tienen que ser mayores de 18 años, que no sean parientes del fallecido, con DUI vigente, que sepan leer y firmar. 7- Todos los documentos en original y copia a tamaño carta por separado. Las partidas se entregan 3 días hábiles después de ser asentados
NOTA: Si enterraran en este municipio (cementerio general o en algún cantón) el pago del permiso se tendrá que hacer en las oficinas del cementerio general de Santa Tecla; así como también el pago del Traslado de Cadáver (falleció en este municipio y lo enterraran en otro) se hará únicamente en las oficinas del cementerio general.
REQUISITOS LEGALES PARA CONTRAER MATRIMONIO
REQUISITOS LEGALES PARA CONTRAER MATRIMONIO
1- Presentar DUI con estado familiar actual, legible, original y copias tamaño 150% de los contrayentes (los DUI tienen que estar en buen estado y no vencidos) . 2- Presentar certificaciones de partidas de nacimientos recientes de los contrayentes, menos de dos meses de haberse extendido. (Si alguno o ambos son divorciados o viudos, con las respectivas marginaciones) 3- Cuando algunos de los contrayentes es viudo o divorciado, presentar: - Certificación de Partidas de Defunción. (menos de dos meses de haberse extendido). - Certificación de Partida de Divorcio. (menos de dos meses de haberse extendido). 4- Presentar certificaciones de partidas de nacimientos de los hijos no reconocidos por el padre. 5- Presentar DUI legible de 2 testigos, original y copias (tamaño 150%) que sepan: - Leer - Escribir - Firmar - Que conozcan a los contrayentes (no parientes) 7- cuando alguno de los contrayentes sea extranjero presentar: - Pasaporte original y copia. - Certificación de partida de nacimientos reciente (apostillada o autenticada), menos de dos meses de haberse extendido la certificación. - Constancia de soltería (apostillada o autenticada), menos de dos meses de haberse extendido. - Que estén traducidos al castellano (diligencias de traducción). Día de la recepción de documentos completos: PRESENTARSE AMBOS CONTRAYENTES PARA LA FIRMA DEL ACTA PRE MATRIMONIAL
1- Presentar DUI con estado familiar actual, legible, original y copias tamaño 150% de los contrayentes (los DUI tienen que estar en buen estado y no vencidos) . 2- Presentar certificaciones de partidas de nacimientos recientes de los contrayentes, menos de dos meses de haberse extendido. (Si alguno o ambos son divorciados o viudos, con las respectivas marginaciones) 3- Cuando algunos de los contrayentes es viudo o divorciado, presentar: - Certificación de Partidas de Defunción. (menos de dos meses de haberse extendido). - Certificación de Partida de Divorcio. (menos de dos meses de haberse extendido). 4- Presentar certificaciones de partidas de nacimientos de los hijos no reconocidos por el padre. 5- Presentar DUI legible de 2 testigos, original y copias (tamaño 150%) que sepan: - Leer - Escribir - Firmar - Que conozcan a los contrayentes (no parientes) 7- cuando alguno de los contrayentes sea extranjero presentar: - Pasaporte original y copia. - Certificación de partida de nacimientos reciente (apostillada o autenticada), menos de dos meses de haberse extendido la certificación. - Constancia de soltería (apostillada o autenticada), menos de dos meses de haberse extendido. - Que estén traducidos al castellano (diligencias de traducción). Día de la recepción de documentos completos: PRESENTARSE AMBOS CONTRAYENTES PARA LA FIRMA DEL ACTA PRE MATRIMONIAL